- Presupuestos municipales deben incluir las Plantillas de Personal, el Tabulador de Sueldos y las modificaciones de ellos, así como el Programa Operativo Anual
El funcionario refirió que los presupuestos municipales deben incluir las Plantillas de Personal, el Tabulador de Sueldos y las modificaciones de ellos, así como el Programa Operativo Anual, además de los programas anuales de obra pública con base en las políticas, prioridades, objetivos y estimaciones de recursos.
“Además, el Presidente Municipal debe ordenar la publicación de éstos en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado, dentro de los tres días siguientes a los de su aprobación, enviando a la Auditoría Superior de Michoacán, un ejemplar para la vigilancia de su ejercicio, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su publicación”.
Subrayó que tales disposiciones están previstas en la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado; la Ley de Planeación del Estado; así como la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado.
Asimismo, Aguirre Abellaneda recordó que el próximo 31 de diciembre también vence el plazo para que los ayuntamientos y entidades municipales, actualicen el inventario de sus bienes y los hagan públicos a través de sus sitios oficiales en internet.
“El cumplimiento a estas disposiciones permite no sólo un adecuado y transparente manejo de los recursos públicos, sino que además evita a las autoridades municipales ser susceptibles a observaciones por no ajustarse a ellas”, señaló.
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