Morelia, Michoacán., 11 de mayo del 2016.-  El derecho de consulta y participación a pueblos y comunidades indígenas, es un derecho colectivo reconocido en las normas internacionales y debe ser plenamente ejercido en las diversas materias y temas que les involucre en sus derechos, patrimonio, aspiraciones y formas de vida, afirmó el presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas en el Congreso del Estado, Ángel Cedillo Hernández al presentar ante el pleno la iniciativa de Ley de Consulta a las Comunidades y Pueblos Originarios del Estado de Michoacán.

El diputado local por el distrito de Uruapan Norte, expuso que la iniciativa propuesta tiene como finalidad hacer efectivo el derecho de los pueblos y comunidades indígenas y propiciar un diálogo intercultural para lograr acuerdos que les beneficie al igual que al Estado.

En ese sentido, agregó que se trata de un mecanismo por el cual las autoridades de las distintas dependencias del Poder Ejecutivo, Legislativo, del Gobierno Municipal y organismos autónomos, en cuanto sujetos obligados  podrán conocer, dialogar y en su caso acordar políticas públicas y acciones que garanticen el desarrollo de este sector que históricamente han solicitado su inclusión.

“El derecho de consulta, como bien lo describe la guía práctica de la OIT, es transversal y tiene repercusiones en otros derechos, es decir, es necesario para que otros derechos como el de educación, salud, comunicación, desarrollo, entre otros, se ejerzan eficazmente a través de la participación activa de los pueblos. Luego entonces como muchos de estos derechos se ejercen no sólo en el orden federal sino estatal y municipal, es indispensable que se le dé el carácter de Ley”.

El diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRD explicó que la iniciativa que propone al pleno del Congreso del Estado pretende destacar la manera en que la personalidad jurídica de los pueblos y comunidades indígenas se reconoce en el derecho a la consulta, por ejemplo en el caso de los acuerdos y convenios a los que se llegue o incluso para reclamar el derecho de ser incluidos en alguna consulta.

Aclaró que “la ley distingue correctamente a los sujetos obligados con el órgano técnico, pues los primeros son aquellos encargados del ramo, tema, obra o proyecto, es decir el responsable directo de la acción del Estado que corresponda. En cambio el órgano técnico es aquél que siendo especializado en el tema indígena conoce la ubicación, usos, costumbres y lenguas de los sujetos destinatarios”.

Asimismo dio cuenta que esta iniciativa precisa las materias de consulta, las de carácter administrativo como las de tipo legislativo, de participación ciudadana y electoral que afecten o puedan afectar los derechos a la libre determinación y autonomía, es decir aquello que impacte sus características culturales y forma de vida como la convivencia, organización social, cultural, política, sus sistemas normativos de regulación y solución de conflictos internos, la elección de sus autoridades o representantes, la preservación de sus lenguas, la conservación, mejora e integridad de sus tierras, entre otros; ya que es de suma importancia que los programas y políticas públicas tengan un verdadero enfoque pluricultural y multiétnico para que propicien un pleno desarrollo.

Las generalidades del procedimiento establecen que toda información relacionada con la consulta deberá ser en español y en la lengua o lenguas que hablen los pueblos y comunidades participantes, así como la forma en la que los pueblos y comunidades y sus autoridades representativas acreditarán su personalidad jurídica para participar en la consulta.

El aspecto principal de esta ley, subrayó, es hacer cumplir el derecho de consulta de los pueblos, que si bien es un proyecto perfectible se puede llegar a considerar como una propuesta modelo, incluso para muchos países de Latinoamérica.

“Se debe reconocer que esta propuesta marca un nuevo camino en la relación de las autoridades del Estado de Michoacán con los pueblos indígenas, es una oportunidad para una comunicación permanente y efectiva cuyos beneficios serán mutuos”.

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